Viene de: Reglamentaciones y tramitaciones varias (clase 36).
Requisitos para obtener un Certificado Náutico Deportivo
1) Haber cumplido 18 años de edad.
2) Presentar un certificado médico que acredite aptitud psicofísica y audiovisual para el ejercicio de la navegación deportiva, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 402.0409 del REGINAVE. En la redacción del certificado deberá constar:
• Membrete de la clínica / hospital / o profesional.
• Lugar y fecha.
• Texto: “Certifico que el D.N.I…. se encuentra en condiciones psicofísicas y audiovisuales para la practica de la navegación deportiva.”
• Grupo sanguíneo.
• Firma del facultativo.
3) Entregar tres fotografías color, fondo celeste, de 35mm x 35mm de fren-te, actualizadas y sin anteojos, salvo que los mismos sean recetados para su uso permanente.
4) Haber aprobado los exámenes correspondientes en la Prefectura o en un Club Náutico. Para este último caso deberá presentarse con fotocopia del acta en la que conste que rindió los exámenes satisfactoriamente, para la categoría que aspira.
5) Presentar el Documento Nacional de Identidad (con fotocopia del mismo).
6) Apersonarse en Dependencia de Prefectura de su preferencia.
7) Las personas de Nacionalidad Argentina presentaran el Documento Nacional de Identidad (D.N.I) o Libreta de Enrolamiento (L.E) o Libreta Cívica (L.C). Las personas de Nacionalidad extranjera que no posean (D.N.I) presentarán indefectiblemente Pasaporte.
Requisitos para renovación del Certificado Náutico
(La habilitación tiene una vigencia de 5 años)
1) Presentar un certificado médico que acredite aptitud psicofísica y audiovisual para el ejercicio de la navegación deportiva, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 402.0409 del REGINAVE (apartado anterior)
2) Entregar tres fotografías color, fondo celeste, de 35mm x 35mm de frente, actualizadas y sin anteojos, salvo que los mismos sean recetados para su uso permanente.
3) Presentar el Documento Nacional de Identidad (con fotocopia del mismo)
4) Apersonarse en Dependencia de Prefectura de su preferencia.
5) Las personas de Nacionalidad Argentina presentaran el Documento Nacional de Identidad (D.N.I) o Libreta de Enrolamiento (L.E) o Libreta Cívica (L.C). Las personas de Nacionalidad extranjera que no posean (D.N.I) presentarán indefectiblemente Pasaporte.
Categorías de habilitaciones náutico deportivas
Grumete
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones deportivas propulsadas a vela que realicen navegación fluvial y lacustre, Río de la Plata con los siguientes límites: Al norte de la línea imaginaria que une Punta Piedras (República Oriental del Uruguay) con la margen sur del Río Paraná Guazú; en la franja costera determinada entre la línea de ribera y el Canal Emilio Mitre. En las otras zonas del Río de la Plata y en las zonas marítimas los lugares que establezca la Dependencia de Prefectura.
Límite de eslora: 7 metros. Solo podrá realizar, navegación diurna y bajo condiciones climáticas favorables.
Condiciones: Cumplimentar todos los requisitos detallados en el apartado “Requisitos para obtener un certificado náutico deportivo”.
Conductor Náutico
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones deportivas propulsadas a motor que realicen navegación fluvial y lacustre, Río de la Plata con los siguientes limites: al norte de la línea imaginaria que une Punta Piedras (República Oriental del Uruguay) con la margen sur del Río Paraná Guazú; en la franja costera determinada entre la línea de ribera y el Canal Emilio Mitre. En las otras zonas del Río de la Plata y en zonas marítimas los lugares que establezca la Dependencia de Prefectura. Límite de eslora: 7 metros. Solo podrá navegar bajo condiciones climáticas favorables Potencia Maxima 140 HP; Artefactos Acuáticos Deportivos sin limite de potencia.
Condiciones: Cumplimentar todos los requisitos detallados en el apartado anterior, “Requisitos para obtener un certificado náutico deportivo”.
Timonel de yates a vela o motor
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones deportivas hasta veinte (20) metros de eslora, que realicen navegación lacustre y ríos interiores en toda su extensión. Río de la Plata; la zona al oeste de la línea imaginaria que une Punta Atalaya en la República Argentina con Punta Rosario en la República Oriental del Uruguay. En zona marítima los lugares que establezca la Dependencia de Prefectura.
Condiciones: Cumplimentar todos los requisitos detallados en el apartado anterior, “Requisitos para obtener un certificado náutico deportivo”.
Patrón de yates
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones deportivas que realicen navegación lacustre, fluvial o costera marítima mientras se navegue a una distancia de la costa no superior a 12 millas náuticas (incluye Río de la Plata sin limitaciones).
Condiciones:
• Poseer habilitación de Timonel de Yate.
• Declaración jurada, donde el causante manifieste haber navegado en yates por más de 60 horas.
• Comprobar mediante la presentación de roles, haber efectuado en los últimos 5 años, no menos de 2 viajes redondos entre puertos, en zona de Timonel o Patrón; en este último caso en calidad de tripulante.
• Para áreas marítimas la dependencia local determinará que tipo de navega- ción se exigirán como constancia de experiencia, atendiendo a las caracte- rísticas de la zona.
• En los ríos interiores y lagos la Dependencia PNA local determinará los trayectos de navegación que se adapten a las condiciones mencionadas en que básicamente guardarán distancia de alejamiento superior a 60 km., por necesidad de empleo de cartografía e instrumental.
• Cumplimentar todos los requisitos detallados en el apartado anterior, “Requisitos para obtener un certificado náutico deportivo”.
Piloto de yates
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones deportivas en cualquier tipo de navegación.
Condiciones:
• Poseer habilitación de Patrón de Yate.
• Comprobar mediante la presentación de roles, haber efectuado no menos de cuatro navegaciones, de las cuales dos deberán ser nocturnas y dos marítimas, en jurisdicción del Patrón de Yate (excluyendo la jurisdicción del Timonel), realizadas en un período no mayor de 5 años.
• Cumplimentar todos los requisitos detallados en el apartado anterior, “Requisitos para obtener un certificado náutico deportivo”.
Continua en: Certificado de elementos de seguridad para embarcaciones deportivas (clase 38).
Darío G. Fernández
Director del ISNDF
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